El ICO, (instituto de Crédito Oficial) a puesto en el mercado una línea de crédito para dar liquidez a la pequeña y mediana empresa incluyendo Autónomos que cumplan:

 

  • Menos de 250 empleados
  • Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros
  • No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresa que no cumplan los criterios antes citados
  • No tener ninguna operación de mora con las Entidades de Crédito

 

CONDICIONES.

Tope máximo de 500.000 euros por cliente y año.

Plazo máximo de amortización 3 años pudiendo tener 6 meses de carencia de principal.

Tipo de Interés. Tipo fijo medio de los dos tipos siguientes:

  • Fijo, Referencia ICO, más el margen que se aplique.
  • Fijo, Referencia Entidad de Crédito, más el margen que se aplique.

Puede rondar (el TAE)  desde el 4,6 al 5,6 % aunque variara con el mercado.

 

Para solicitarlas se deberá acudir directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas, teniendo el cliente que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación, así como aportar las garantías que la entidad financiera estime oportunas.

 

Vigencia: Hasta el 21 de diciembre de 2009 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada.